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Jubilación Ley 27705, pago anticipado

El estudio de abogados nos cuenta las novedades del mes de Julio sobre la Jubilaciones.

Publicado

el

Escriben Torres Valenzuela Abogados

Como venimos informando en artículos anteriores, la nueva ley sancionada recientemente (27705) comprende dos universos de beneficiarios: los que ya tienen la edad jubilatoria (60 las mujeres y 65 los hombres) y aquellas personas que aún no tienen la edad, quienes pueden regularizar los años necesarios para su futura jubilación.

Comprende a hombres y mujeres que estén dentro de los diez años anteriores al cumplimiento de la edad. Esto constituye una gran diferencia con las leyes anteriores ya que podrá regularizarse muchos años antes del inicio del trámite previsional. Es una
alternativa que debe ser considerada como una gran oportunidad. Si bien es cierto que el costo es más elevado, hay que apreciar lo positivo de la nueva ley.

Beneficios de la nueva moratoria previsional

La llamada Unidad de Pago de Deuda Previsional (UPDP) será pagado en cuotas y el monto de estas varía en función de los años faltantes hasta cubrir los 30 de aportes necesarios para la jubilación. Como decíamos, es una ley mucho más onerosa que las anteriores y el cálculo se realiza tomando lo que se denomina la base mínima imponible que es aquella por la cual se realizan los mínimos aportes. De esta base imponible, cada mes de aportes faltantes equivale al 29 % de ella.

Debemos destacar que pueden hacerlo tanto los argentinos como los extranjeros. La única diferencia es que para estos últimos la regularización de aportes tiene como punto de partida la fecha de ingreso al país. Y es para ambos casos hasta el 31 de marzo de 2012; siempre que en esos períodos no cuenten con aportes en relación de dependencia o como trabajador autónomo o monotributista.

Los Mellizos sean unidos

El análisis de cada situación debe realizarse previamente al inicio del trámite. Es necesario ver en detalle cada caso en particular, para así brindar un adecuado asesoramiento y evitar pagos excesivos o inadecuados, principalmente cuando se trata trabajadores monotributistas. Todo este análisis pormenorizado lo realiza un especialista en derecho previsional. Es quien le dará la respuesta
correcta y recomendará el mejor camino a seguir.

Considerando lo dicho hasta aquí, sugerimos a todos los que estén en condiciones de jubilarse o pronto a cumplir la edad, consultar con un profesional especialista en derecho previsional.

Recibimos su consulta sobre el tema en nuestro Estudio Jurídico que está ubicado en Av. Directorio 3502, Floresta; los esperamos de lunes a viernes de 9:30 a 17 hs, teléfono fijo 3978-5756, celular 11-5415-3218

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