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Transformación de PUAM a Jubilación

Hoy nos ocuparemos de un tema muy consultado: ¿Se puede convertir la llamada Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) en jubilación?

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Escriben Torres Valenzuela Abogados

Al respecto debemos decir que la PUAM entró en vigencia junto con la famosa Reparación Histórica, ley 27260, y estaba dirigido a aquellos afiliados al sistema previsional que no contaban con los años de aportes necesarios para acceder a la jubilación, ni siquiera con las moratorias vigentes. Comprendía a hombres y mujeres a partir de los 65 años y el haber era equivalente al 80 % de la jubilación mínima; permitiendo el acceso a la Obra Social (PAMI).

La situación ha cambiado notablemente con la sanción de la nueva ley de moratoria previsional (Ley 27705). Se establece la posibilidad de incluir en ella los periodos desde los 18 años hasta diciembre de 2008, en el caso de ciudadanos argentinos; en el caso de los extranjeros, dicho plazo se cuenta desde la fecha de ingreso al país.

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Constituye una gran oportunidad para lograr la percepción del haber mínimo o un haber mayor considerando la situación particular de cada persona. De dicho haber se descontará todos los meses la cuota del plan de pago de deuda previsional. Dicho monto varía de acuerdo a la situación laboral del afiliado; cuánto más años de aportes tenga menos será la cuota a pagar.

Otra ventaja muy importante es la posibilidad de percibir pensión por fallecimiento. El cónyuge o conviviente de quien percibe una PUAM carecen de este derecho, no así en caso de fallecimiento de un jubilado.

Es por ello que recomendamos a todos los que estén percibiendo la PUAM, tramitar la conversión de dicho beneficio en jubilación. Para ello es imprescindible hacer la consulta con un profesional especialista en derecho previsional.

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El análisis de cada situación debe realizarse previamente al inicio del trámite. Es necesario ver en detalle cada caso en particular, para así brindar un adecuado asesoramiento y evitar pagos excesivos o inadecuados, ya que sería posible regularizar deuda de monotributo en caso de existir o acreditar aportes no registrados adecuadamente en ANSES, todo lo cual disminuirá el monto de la cuota a pagar. Esto es muy importante ya que la nueva moratoria es más onerosa que las anteriores.

Recibimos su consulta sobre el tema en nuestro Estudio Jurídico que está ubicado en Av. Directorio 3502, Floresta; los esperamos de lunes a viernes de 9:30 a 17 hs, teléfono fijo 3978-5756, celulares 11-2157-4055, 11 2838-7251 y 11-6813-1484

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