Escriben Torres Valenzuela Abogados
La nueva normativa tiene dos componentes:
1) QUIENES YA ALCANZARON LA EDAD JUBILATORIA: Mujeres mayores de 60 años y varones a partir de los 65 años, y no tienen los 30 años de aportes realizados, podrán regularizarlos por medio de esta ley pagando los mismos en cuotas a descontar de su jubilación.
2) QUIENES AUN NO HAN ALCANZADO LA EDAD JUBILATORIA: Mujeres mayores de 50 años y varones mayores de 55 años y sin 30 años de aportes, pueden comenzar a regularizar los aportes faltantes para poder llegar a la jubilación cuando cumplan la edad jubilatoria.
Si estas comprendido dentro de estos requisitos CONTACTANOS. Los esperamos personalmente en nuestro Estudio Jurídico previsional, de lunes a viernes de 9.30 a 17 hs en Av Directorio 3502 CABA; o por whatsapp o llamada telefónica a los siguientes números: 39785756 (tel fijo), 1168131484 (celular), 1121574055 (celular).






