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Pensión por fallecimiento, aspectos prácticos

El estudio de abogados Torres Valenzuela se refiere a un tema de consulta permanente: pensión por fallecimiento, requisitos y condiciones.

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Escriben Torres Valenzuela Abogados

En primer lugar cabe decir que corresponde la pensión por fallecimiento del jubilado o trabajador en actividad, al cónyuge o conviviente de uno u otro sexo. A esos fines es necesario considerar lo siguiente:

1) En caso de fallecimiento del jubilado, sólo se debe acreditar el vínculo matrimonial o la convivencia respectiva; en este último caso hay que probar la convivencia contínua y prolongada con documentación fehaciente. Si bien se admiten testigos, estos por si solos no son suficientes. Es importante que aquellas personas que actualmente no han contraído matrimonio tengan presente esta situación: deben procurar dichas pruebas para ese momento tan doloroso pero inevitable.

2) En caso de fallecimiento de un trabajador en actividad, el vínculo se debe acreditar conforme las reglas expresadas anteriormente. Aquí debemos hacer una distinción: si se trata de un trabajador en relación de dependencia, deben contarse con aportes suficientes en los años previos a su fallecimiento. La Empresa para la que haya trabajado debió haber depositado dichos aportes al sistema de seguridad social.

El caso del trabajador monotributista o autónomo tiene sus particularidades: los pagos realizados en concepto de aportes deben serlo dentro del mes de su vencimiento; es decir, deben ser hechos en tiempo y forma, de lo contrario faltaría la regularidad que exige la normativa en cuestión. Este aspecto usualmente no es considerado por los trabajadores y muchos de ellos efectúan los pagos fuera de término. Tal situación es una complicación al momento de iniciar la pensión, ya que ANSES deniega el trámite por este motivo y el viudo/viuda se verá obligado a recurrir judicialmente, con la pérdida de tiempo que ello implica.

Por tal motivo siempre es recomendable consultar con un especialista en temas previsionales; el profesional sabrá aconsejar el mejor camino a seguir para evitar futuros inconvenientes o pérdidas de beneficio.

En tal carácter recibimos su consulta al teléfono 3978-5756, 11-2838-7251, 11-6813-1484, 11- 2157-4055. Nuestro Estudio Jurídico está ubicado en Av. Directorio 3502, Parque Avellaneda, atención de lunes a viernes de 9:30 a 17 hs.

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